DIAN oficio 0586 – RETENCIÓN EN LA FUENTE EN EL CONTRATO DE MUTUO.
Para efectos tributarios es preciso tener presente que el artículo 26 del Estatuto Tributario señala que los ingresos que sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción y que no hayan sido expresamente exceptuados, estarán gravados con el impuesto sobre la renta y complementarios. En consecuencia, los pagos o abonos en cuenta que sean susceptibles…
